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Detección de mentiras en las confesiones inducidas por la policia. Club del Lenguaje no Verbal.
Detección de mentiras en las confesiones inducidas por la policía. Club del Lenguaje no Verbal.

Estimados amigos del Club del Lenguaje no Verbal, debido a la gran trascendencia del asunto nos satisface poder presentarles este interesante artículo en el que se nos detalla cuáles son los factores de riesgo más importantes para evitar las falsas confesiones inducidas por la policía. Este fascinante artículo se debe al profundo estudio y análisis tanto de la literatura existente hasta el momento actual, como de la casuística en relación a las confesiones inducidas por la policía realizada por el siguiente grupo de expertos: Saul M. Kassin de la Universidad de la Ciudad de Nueva York (USA), Steven A. Drizin de la Universidad de Chicago (USA), Thomas Grisso de la Universidad de Massachusetts (USA), Gisli H. Gudjonsson del Instituto de Psiquiatría de Londres (UK), Richard A. Leo de la Universidad de San Francisco (USA), Allison D. Redlich de la Universidad Estatal de Nueva York en Albany (USA).

Debido a las continuas exoneraciones de condenados que, siendo inocentes, confesaron haber cometido diferentes crímenes, se ha observado que dichos sujetos tenían unas características en común, como el hecho de ser muchos de ellos adolescentes, tener algún tipo de discapacidad intelectual o la presencia de ciertos rasgos de personalidad. Asimismo, las técnicas de interrogatorio más frecuentemente utilizadas en aquellos casos de confesiones falsas demostradas, tenían una mayor duración temporal y en las mismas estaban involucradas pruebas falsas presentadas por los agentes en el caso. Por ello, los autores del presente artículo nos recomiendan, por estas y otras muchas razones, la grabación electrónica como protocolo obligatorio en la puesta en marcha de los interrogatorios.

A día de hoy se estima que en entre el 15 y el 20 % de los casos en los que se ha exonerado al culpable, mediante una prueba de ADN, había existido una falsa confesión (Garrett, 2008; Scheck, Neufeld y Duyer, 2000). Sin embargo, debemos tener en cuenta que este porcentaje será mucho mayor ya que solamente conocemos la punta del iceberg del problema aquí presentado. Ésta, junto con la identificación errónea por parte de un testigo, son las causas más comunes de una condena injusta, como también lo son el defecto en evidencia forense, o el falso testimonio de informadores. Así, los estudios relativos a las confesiones falsas plantean que se remontan a los juicios de las brujas de Salem, uno de los primeros casos documentados.

En 1989, Gary Dotson fue la primera persona inocente, exculpada por ADN. Dos décadas después, ya son más de doscientas las personas que han sido exculpadas, algunas de ellas condenadas a pena de muerte. De todos estos casos, entre el 15 y el 20% son condenados a partir de una falsa confesión, inducida por la policía. Una confesión falsa es la admisión de un acto criminal, acompañado generalmente por una narración de cómo y por qué ocurrió el crimen, que el confesor no cometió.

Se puede determinar que dicha confesión es falsa si posteriormente se determina que el crimen que se creía hecho, no existió, si la evidencia muestra que es físicamente imposible que sea culpable (por ejemplo, si se sitúa al autor a miles de kilómetros del lugar del suceso), si se detiene al verdadero autor no teniendo éste ninguna conexión con el falso confesor, o si la evidencia física nos revela que no es posible, a través de sangre, semen, saliva… etcétera.

Drizin y Leo (2004), analizaron más de 125 casos de falsa confesión probada entre los años 1971 y 2001. En el 93% de los casos se trataba de hombres. El 81% eran casos de asesinato, el 8% de violación y el 3% de incendios. De estos, el 74% se exoneraron al identificar al verdadero perpetrador, y en un 46% se descubrieron nuevas evidencias. De entre éstos, el 63% eran menores de 25 años y un 32% menores de 18 años. En un 22% de los casos, los falsos confesores tenían algún tipo de retraso mental y en un 10% una enfermedad mental diagnosticada. Con todo, en la actualidad, ninguna organización gubernamental o privada mantiene un registro de confesiones falsas, por lo que la información disponible no es completa.

La Corte Suprema de EEUU ha reconocido que la confesión es la evidencia más poderosa de culpa. Es por este motivo que, desde hace siglos, los agentes de la ley han abusado de su poder en la sala de interrogatorios, siendo conscientes de este hecho. A finales del S XIX hasta 1930, la policía de EEUU empleaba el llamado “tercer grado”, utilizando el dolor físico o mental con el objetivo de obtener confesiones y otro tipo de información de los sospechosos de un determinado crimen. Se englobaban aquí desde la violencia física, la tortura, el confinamiento, las amenazas… Desde 1930 hasta 1960 el uso del “tercer grado” ha disminuido considerablemente, siendo excepción y no regla.

En estos años se amplió el uso del interrogatorio orientado psicológicamente mediante métodos de detección de mentiras y técnicas interrogativas psicológicas que ya empiezan a aparecer en los manuales. Sin embargo, los interrogatorios muchas veces se basan en una “corazonada” a través de una entrevista previa. Este hecho debe preocuparnos, ya que según diferentes estudios solamente el 54% de los agentes son capaces de distinguir la verdad del engaño, por intuición.

El objetivo del interrogatorio es obtener declaraciones incriminatorias, admisiones y una confesión completa (Leo, 2008). Está diseñado para inducir al estrés mediante la sensación de aislamiento y aumentar la ansiedad del sospechoso así como la sensación de desesperación asociada con la negación de la confesión. Inban y colaboradores (2001) describen la técnica REID, recomendando el aislamiento inicial del sospechoso en una pequeña habitación privada (para aumentar la ansiedad y las ganas de escapar). A continuación, por un lado se le acusará con diferentes afirmaciones basadas en evidencia (real o ficticia) y por otro lado se le ofrecerá simpatía y justificación moral, ofreciendo la confesión como el medio más conveniente de escape. Kassin y McNall (1991) fueron los impulsores de estas técnicas de minimización y maximización.

Se trataría de un factor de riesgo situacional, junto al tiempo del interrogatorio y la presentación de pruebas falsas. El tiempo medio del interrogatorio se sitúa entre los 30 minutos y las dos horas. Las falsas confesiones tienden a ocurrir después de largos periodos de tiempo. La estratagema de presentación de pruebas falsas, es una táctica controvertida usada ocasionalmente por la policía y no aprobada por todos los expertos, ya que está implicada en una gran mayoría de falsas confesiones.

Por otro lado, no debemos olvidar que diferentes estudios han dado como resultado que son los adolescentes y discapacitados quienes tienen más problemas en comprender sus derechos en el interrogatorio. Estaríamos aquí ante diferentes factores de riesgo disposicionales. Además de la edad del sospechoso (ser menor), englobaría el deterioro mental (enfermedad y/o retraso mental). El 44% de los menores exonerados y el 69% de los discapacitados fueron injustamente condenados por confesiones falsas.

Con todo, a pesar de contar con reglas, como la regla de corroboración y la regla de confiabilidad, los autores nos muestran su preocupación por las condiciones en las que hoy en día se realizan los interrogatorios. La principal recomendación realizada para evitar falsas confesiones, y por lo tanto falsas condenas, es el uso generalizado de la grabación digital de los interrogatorios, en todo caso, evitando así, la posible manipulación de las confesiones.

Si quieres saber más sobre el comportamiento no verbal y su aplicación, visita nuestro Máster en Comportamiento No Verbal y Detección de la Mentira. También puedes seguir leyendo artículos de comportamiento no verbal en nuestro blog de Comportamiento No Verbal.

Traducción: Nahikari Sánchez

Edición: Belén Alcázar

Club del Lenguaje no Verbal, 2014

Club del Lenguaje No Verbal